UNINTERLINGUA 2019

le brindará la atención que este requiera. El consentimiento informado nos permite como personal de salud tener evidencia de que el paciente conoce el procedimiento que se le realizará y que está de acuerdo con ello. En la consejería se le brinda información sobre la diferencia entre el VIH y el Sida, formas de transmisión y no transmisión, allí también se le explica el procedimiento de la prueba y los posibles resultados de esta, los cuales pueden ser dos: Reactivo (que se encontró presencia del virus, sin embargo, es necesario realizar las pruebas complementarias a esta) o No Reactivo (que no se encontró presencia del virus, sin embargo, dependiendo de los factores de riesgo del paciente se le hace la invita- ción a que se la realice cada determinado tiempo para control personal). Una vez brindada la información y aclara- do las posibles dudas de los pacientes, se le realiza la prueba de VIH con dos kits de marcas diferentes, esto porque de acuerdo a la Guía de la prueba de VIH y a la NOM- 010 -STPS-2014 (norma oficial mexicana de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social) en caso de que una prueba de VIH sea reactiva, se debe efectuar una segun- da prueba de diferente marca, si esta tam- bién es reactiva, se procede con los exá- menes de laboratorio “complementarios”. Se utiliza este término porque al decir que un ensayo es confirmatorio le quitamos credibilidad a las pruebas que anterior- mente se hicieron, además le damos con- fianza de los procedimientos al paciente y le cercioramos que los ensayos también tienen una finalidad en este proceso. Estos estudios que se realizan en primera parte al paciente son de tamizaje, es decir, para

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