Constructoras deben reparar al 100% los daños estructurales: Profeco #NoticiasESCAT

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Deben tener cuidado para quien trabajan ya que en los contratos a veces la responsabilidad recae en los arquitectos o ingenieros que realizan los proyectos, supervisan, o construyen la obra y las constructoras se deslindan.

En entrevista con Ciro Gómez Leyva, para hablar sobre los derechos de los dueños de departamentos que se dañaron en el sismo, el funcionario precisó que la ley en esta materia “es muy clara” y las constructoras deben dar garantía de 5 a 10 años ante estas situaciones.Precisó que los proveedores inmobiliarios tienen la obligación de contar con una garantía que incluya coberturas a problemas estructurales de los inmuebles destinados a casa habitación, la cual no podrá ser inferior a cinco años, que ampare la reparación sin costo para el consumidor por defectos o fallas en los mismos.Asimismo, dijo que la garantía en construcciones es muy precisa en los casos de daños estructurales sin importar la causa, y que un hecho fortuito, como el sismo u otro desastre natural, no exenta a estas empresas de dicha responsabilidad.

El artículo 73 quárter de la Ley Federal del consumidor señala lo siguiente:

Todo bien inmueble cuya transacción esté regulada por esta Ley, deberá ofrecerse al consumidor con la garantía correspondiente, la cual no podrá ser inferior a cinco años para cuestiones estructurales y tres años para impermeabilización; para los demás elementos la garantía mínima será de un año. Todos los plazos serán contados a partir de la entrega real del bien. En el tiempo en que dure la garantía el proveedor tendrá la obligación de realizar, sin costo alguno para el consumidor, cualquier acto tendiente a la reparación de los defectos o fallas presentados por el bien objeto del contrato”. 

Párrafo reformado DOF 18-01-2012

“El tiempo que duren las reparaciones efectuadas al inmueble al amparo de la garantía no es computable dentro del plazo de la misma; una vez que el inmueble haya sido reparado se iniciará la garantía respecto de las reparaciones realizadas, así como con relación a las piezas o bienes que hubieren sido repuestos y continuará respecto al resto del inmueble”. Artículo adicionado DOF 29-01-2009

Fuente:  https://www.forbes.com.mx/constructoras-deben-reparar-al-100-los-danos-estructurales-profeco/

Universidad internacional Uninter

Licenciatura en Arquitectura

Licenciatura en Ingeniería Civil

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